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INFONAVIT y el derecho a la vivienda

  • facturacionkliqrh
  • 22 may 2022
  • 3 Min. de lectura

Actualizado: 22 may 2022


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La vivienda es una de las necesidades y derechos básicos de toda persona. Con el fin de acercar esta posibilidad a los mexicanos se creó en 1972 el INFONAVIT (Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda de los Trabajadores). Como patrón, al inscribir a tu empresa al IMSS y dar de alta a tus trabajadores, ellos se convierten en derechohabientes del INFONAVIT.


¿Quieres conocer los beneficios que otorga a tus empleados y tus obligaciones como patrón?


Beneficios para los derechohabientes


Ahorro de vivienda:

Los trabajadores tienen asignada una cuenta de ahorro del INFONAVIT (Subcuenta de Vivienda) ligada a su número de Seguridad Social. Este fondo se nutre bimestralmente con las aportaciones patronales y puede ser solicitado en el momento en que la persona se pensiona.


Crédito INFONAVIT:

Los derechohabientes tienen la posibilidad de acceder a un crédito para la vivienda que puede servirles para comprar, construir, remodelar o incluso para la hipoteca bancaria. El monto a prestar dependerá del tipo de crédito, el salario y la capacidad de pago del solicitante.


Para ejercer tu crédito Infonavit necesitas contar con 116 puntos, basados en tu edad y salario. Entre más joven y mayor el salario, mejor la puntuación. También se toman en cuenta el saldo en la Subcuenta de Vivienda y el tiempo que has cotizado en el Infonavit de forma continua. Si quieres conocer tu puntación puedes ingresar al portal del Infonavit y entrar a la sección de precalificación. Necesitarás tener a la mano tu número de seguridad social.


El primer paso para solicitar tu crédito es llenar una forma y presentarla junto con el resto de los documentos requeridos:

Acta de nacimiento


Copia de identificación oficial


Acta de matrimonio, en caso de ser un crédito conyugal


Avalúo


Una vez lista tu documentación, inscribe tu solicitud en la oficina de atención del Infonavit con la ayuda de un notario público.


Por último, entra a tu cuenta Infonavit con tu número de crédito e imprime tu Aviso de Retención de Descuentos, para después llevarlo a tu empresa, obtener sello y firma, y entregar el aviso al notario el día que firmes tu escritura.


Obligaciones patronales


Ya comentamos que al dar de alta a tus trabajadores ante el Seguro Social se registran automáticamente en el INFONAVIT. Desde ese momento deberás asegurarte de cumplir con las siguientes obligaciones:


Pago bimestral de las aportaciones patronales correspondientes al 5% del SDI de cada uno de tus trabajadores: Este pago se realiza a través del Sistema Único de Administración (SUA) o también a través de la ficha de pago (DEPOREF) que se obtienen en el Portal Empresarial: https://empresarios.infonavit.org.mx/wps/portal.


El IMSS, por medio del SIPARE, se encarga de gestionar y administrar la cobranza del Infonavit.


· Notificar al INFONAVIT el status de tus trabajadores: Toda alta, baja, reingreso, incapacidad, modificación de salario, deberá ser notificada por parte del patrón al INFONAVIT.


· Retener los descuentos estipulados por el INFONAVIT a los acreditados: Aquellos trabajadores que cuenten con un crédito vigente tienen la obligación de pagar un monto mensual según su contrato. En el “Aviso de Retención de Descuentos” o la “Cédula de Determinación de Cuotas, Aportaciones y/o Amortizaciones” se te indica el número del crédito y el porcentaje que descontarás.


· Abonar al INFONAVIT los montos descontados a los trabajadores: Te corresponde el pago puntual de los créditos de tus trabajadores.


· Presentar cada año un informe al Infonavit de tu situación como contribuyente: Deberás incluir anexos referentes a las aportaciones patronales (Dictamen Fiscal), dentro de los cuatro meses siguientes a la terminación del año fiscal.

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